ANEXO 6 - MODELO DE DECLARACION DE AREA PROTEGIDA

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA JUNTA

VISTO, el expediente por el cual el Sr. Intendente propone adoptar medidas de conservación del área natural de la Cuenca Superior del Arroyo Lunarejo, declarando a la misma como Reserva Departamental con el nombre de "Parque Natural Regional Valle del Lunarejo".

RESULTANDO; I) Que en el plan de manejo de dicha área realizado por un grupo interdisciplinario de profesionales, se destaca que la zona se caracteriza por tener hábitats muy particulares de especies de flora y fauna además de un excepcional paísaje, ofreciendo excelentes oportunidades para la investigación científica, la educación, la interpretación y el desarrollo turístico; II) Que del estudio referenciado así como de otras informaciones que se han tenido en cuenta, resulta que existe una demanda potencial por visitar el área la cual podría, en caso de masificarse, llegar a provocar perjuicios en la zona de no existir una adecuada implementación del plan de manejo del área por parte del sector público y privado, para lo cual es necesario en primer término declarar a la misma como Reserva Departamental.

CONSIDERANDO; I) Que en el ordenamiento jurídico nacional se declara en diversas normas la conservación de la naturaleza y el derecho a la protección del ambiente en normas de rango constitucional, nacional y departamental. Entre las que a modo de ejemplo se pueden citar el art.47 de la Constitución en donde se establece que la protección del medio ambiente es de interés general; Ley 13.776 que ratifica la Convención para la Protección de la Flora, Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales, comprometiéndose el Estado Uruguayo a proteger las mismas; Ley 9.515 en sus arts. 35.21, 36.2 y 36.5 en cuanto establecen la obligación municipal de conservar ríos y arroyos y en cuanto a la competencia del Intendente para elevar peticiones que se tengan por convenientes para el Departamento y en propender a la prosperidad del Departamento cooperando con las iniciativas privadas en la forma que considere más eficaz... II) Que en el Primer Encuentro sobre Conservación de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente realizado en Rivera entre los días 10 y 11 de setiembre de 1988, organizado por la Junta Departamental de Rivera con la coordinación técnica de la Dirección General de Recursos Naturales Renovables del MGAP, se recomendó tomar las medidas necesarias para declarar la zona como área de protección de la naturaleza; y que por Resolución 1620/98 de la IMR se declara de interés departamental el proyecto de desarrollo turístico serrano y ecológico elaborado por la Comisión de Urbanización de la ciudad de Tranqueras para la región.

SE RESUELVE

  1. Declarar a la Cuenca Superior del Arroyo Lunarejo como Reserva Departamental con el nombre de Parque Natural Regional Valle del Lunarejo.

Prohibir todas aquellas actividades, que siendo ajenas a las actuales tareas de producción que hoy se realizan en la zona, provoquen daño o molestías a animales silvestres, incluyendo la caza, la captura en vivo y la recolección de sus huevos o crías, así como toda acción que altere o destruya la vegetación o la dirigida a la introducción de especies alóctonas de fauna y flora silvestre. Quedando prohibida también toda actividad que origine modificaciones al ambiente, al paisaje o que altere el régimen hídrico natural que tenga incidencia dentro del área natural protegida.